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Al tribunal dueños de máquinas de azar en reclamo de transparencia y acción de la Comisión de Juegos

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Un grupo de dueños y operadores de máquinas de juegos de azar en ruta acudió al Tribunal de Primera Instancia de San Juan para solicitar, mediante un recurso de mandamus, que se le ordene a la Comisión de Juegos de Puerto Rico cumplir con sus deberes ministeriales y activar el trámite de licenciamiento de este tipo de máquinas.  Los demandantes alegan que la agencia se ha negado a recibir y procesar sus solicitudes de licencia dejando al margen de la industria a muchos pequeños y medianos comerciantes en todo el país.

De acuerdo con el recurso, los operadores de máquinas plantean que han intentado someter solicitudes para el reconocimiento como dueños bona fide y obtener sus licencias, pero que la Comisión ha mantenido una práctica de no recibir, no adjudicar y no notificar determinaciones relacionadas a dichas solicitudes, lo que impide el acceso a un proceso administrativo claro, documentado y verificable.

Además, el recurso solicita que la Comisión divulgue información pública asociada al licenciamiento y la administración de máquinas en ruta, al amparo de la Ley 141-2019 (Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública), incluyendo datos necesarios para fiscalizar el proceso y conocer el estado real de la otorgación de licencias.

Desde la aprobación del marco legal que reorganizó la industria de juegos de azar en la isla y creó un nuevo esquema de licenciamiento para las máquinas de juegos de azar en ruta, estos operadores han reiterado, en una lucha sostenida, su disposición de cumplir con los requisitos aplicables y operar bajo reglas claras. No obstante, alegan que, en la práctica, el proceso para obtener el reconocimiento como dueños bona fide y el trámite de licencias no ha operado de forma accesible, documentada y verificable, razón por la cual han tenido que recurrir al tribunal.

“Este caso se trata de transparencia y de acción. Nuestros representados están solicitando algo básico: que la agencia reciba y tramite las solicitudes conforme a su propio marco legal y reglamentario, y que divulgue información pública indispensable para la rendición de cuentas”, expresó el portavoz y abogado de los operadores, Lcdo. Frank Torres-Viada.

El recurso legal radicado por los operadores de máquinas también plantea que el propio reglamento de la Comisión de Juegos requiere que, de existir deficiencias en una solicitud de licencia, la agencia emita una notificación con los señalamientos correspondientes dentro del término establecido por reglamento. Los operadores alegan que esa obligación no se ha estado cumpliendo, lo que mantiene a solicitantes en incertidumbre y sin ruta de corrección formal.

“Cuando una agencia no recibe solicitudes o no emite determinaciones formales, se afecta el debido proceso y se debilita la fiscalización pública. Por eso acudimos al tribunal para que se ordene a la Comisión actuar y proveer la información que por ley debe estar disponible”, añadió Torres-Viada.

Los demandantes, operadores con años de experiencia en la industria de máquinas de azar en ruta, recalcaron que su reclamo no es excepcional, sino justo. Según alegaron se trata de una acción que busca asegurar un proceso de licenciamiento transparente y ejecutable, con determinaciones claras y datos públicos disponibles, de modo que exista igualdad de acceso, fiscalización efectiva y rendición de cuentas por parte de la Comisión de Juegos.

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