El Departamento del Trabajo notificó la disponibilidad de una asistencia de desempleo por desastre para los trabajadores que se afectaron como consecuencia directa de las lluvias ocurridas del 4 al 6 de febrero pasado.
Esto aplica a los municipios de Cataño, Dorado, Toa Baja, Vega Alta y Vega Baja, que fueron declarados zona de desastre para dichas fechas.
“El presidente estadounidense, Joe Biden, firmó el pasado mes de marzo una Declaración de Asistencia por Desastre (DUA, siglas en inglés) para Puerto Rico. Mediante este incentivo se proveerá una ayuda económica, cuyo beneficio mínimo semanal será de 99 dólares y se extenderá por 34 semanas, para los desempleados que cualifiquen al haberse afectado perdiendo sus empleos o se les imposibilitó llegar a sus centros de trabajo durante los mencionados días. Cabe destacar que estos fondos totalizan $135,481.50. Los ciudadanos que deseen aplicar deben solicitar cita a través del portal https://citas.desempleopr.com/ para que los compañeros de nuestras oficinas alrededor de la isla le asistan personalmente”, expresó el secretario Gabriel Maldonado González.
Los aspirantes a la ayuda deben cumplir con cualquiera de los siguientes requisitos.
Entre ellos está si trabajaba para otra persona o por cuenta propia en el área del desastre y al ocurrir el mismo perdió su empleo.
El lugar de trabajo se afectó o no le fue posible llegar a la empresa como resultado de los daños y si vivía en el área del desastre cuando este ocurrió y no pudo llegar a su empleo a consecuencia de las copiosas lluvias.
También, en caso de que iba a comenzar a trabajar para otra persona o en un empleo propio dentro del área del desastre cuando este sucedió y no tuvo oportunidad de iniciar a consecuencia de lo acontecido.
Otro requerimiento por el cual podría cualificar es si no pudo trabajar con otra persona o en empleo propio que ubicara dentro del área perjudicada, debido a las lesiones o enfermedades causadas directamente por el desastre atmosférico.
De igual forma, cualifica por no poder aceptar un trabajo adecuado debido a esta enfermedad o incapacidad, si fue jefe de familia y ahora se encuentra en el mercado de empleo debido a que el jefe de la familia murió como resultado del desastre antes mencionado y su laboraba para un patrono o por cuenta propia y sus ingresos o ganancias mayores provenían de una entidad o cliente que sufrió daños, fue destruida o cerrada por el gobierno estatal, federal o local a consecuencia del desastre.
En el caso de quienes laboren por cuenta propia deben proveer su número de Seguro Social, una copia de su planilla de impuestos federales correspondientes al año 2021 y talonarios de cheques o documentación que respalde que estaba trabajando o empleado por cuenta propia cuando ocurrió el desastre.
La reclamación tiene que ser sometida antes del 6 de junio. ya que después de este plazo pudieran no ser elegibles para el pago.
La ayuda será retroactiva al 6 de febrero y culminará el 1 de octubre del presente año.