Fermín Fontanés Gómez, director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP), dio a conocer hoy que el Departamento de Justicia avaló la legitimidad del contrato entre la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), LUMA y la AAPP para la operación y mantenimiento del sistema de transmisión y distribución eléctrica de la AEE.
En opinión emitida, el Departamento de Justicia confirmó la legalidad del contrato al establecer que no es contrario a la ley, la moral ni el orden público, y tampoco contiene cláusulas o disposiciones contrarias a la ley, la moral o el orden público.
El análisis y discusión de Justicia sobre la legalidad del contrato y los potenciales argumentos en cuanto a las posibles causales de nulidad, fue realizado en el marco del derecho aplicable, incluyendo: las leyes 29-2009 (Ley de Alianzas Público-Privadas), 120-208 (Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico), el Código Civil y los conceptos de la ley, la moral y el orden público.
“Notamos que el proceso y posterior contratación fueron llevados a cabo de una manera pensada, velando por cada detalle y con la intención y el propósito genuino de tener como norte los más altos intereses públicos de Puerto Rico. De la documentación examinada es posible colegir que el proceso que llevó a la selección del LUMA como proponente y la posterior firma del acuerdo O&M fue uno en estricto cumplimiento con las leyes”, indica el documento.
La opinión concluye, además, “que no debe perderse de perspectiva que la transformación de la infraestructura energética de la AEE es parte del plan fiscal de dicha corporación pública, así como el efecto que podría tener en el desembolso de fondos para la reconstrucción de la red eléctrica un proceso de cancelación del acuerdo de O&M”.
“Coincidimos con el examen detallado que el Tribunal federal efectuó sobre el acuerdo O&M y en respuesta a su consulta, concluimos que, de la documentación provista junto con la solicitud de opinión, del trasfondo fáctico y legislativo, del derecho aplicable examinado, del proceso de adjudicación del acuerdo O&M y de lo dispuesto en sus cláusulas, dicha contratación es válida y que no es contraria a la ley, la moral o el orden público”, indica Justicia.
Añade que “respecto a la consulta relacionada con las causales de cancelación del acuerdo O&M, hemos visto que las partes, válida, legítima y legalmente pactaron expresamente dichas causales, el proceso para la cancelación del contrato, los métodos de solución de disputas relacionadas a dicha cancelación, y las consecuencias de dicha terminación. Pacto que, al amparo de las normas de derecho explicadas, tiene fuerza de ley”.