El secretario de Asuntos Públicos, el licenciado Hiram Torres Montalvo informó sobre las gestiones esta semana del Gobierno de Puerto Rico sobre la fiscalización a LUMA, proyectos para la reconstrucción de patrimonios históricos y programas para el desarrollo económico de Puerto Rico.
En la conferencia de prensa estuvieron la secretaria del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Valerie Rodríguez Erazo, la directora ejecutiva de la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico (PRFAA), Gabriella Boffelli, el director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, Orlando Rivera; y el secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), Sebastián Negrón Reichard.
Como parte de la política pública de la gobernadora Jenniffer González Colón de defensora de los derechos de los consumidores, la secretaria del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Valerie Rodríguez Erazo sometió este martes, una demanda en solicitud de Sentencia Declaratoria ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, con el objetivo de proteger el derecho de los consumidores puertorriqueños a reclamar por daños causados por negligencia en la prestación del servicio eléctrico.
La acción judicial del Gobierno de Puerto Rico, busca impugnar la cláusula 4.1(g) del acuerdo firmado entre el operador LUMA Energy y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) avalada por vía administrativa por el Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) en el año 2021 que exime a dicha empresa ya sus funcionarios de responsabilidad civil por actos de negligencia.
Esta acción judicial, amparada en la Ley Orgánica del DACO (Ley Núm. 5 de 1973) responde al compromiso de la administración de la gobernadora Jennifer González de poner al pueblo primero, garantizar el acceso a la justicia y asegurar que las agencias gubernamentales funcionen para proteger los derechos del ciudadano común.
En el presentado, el DACO estipula que la disposición del contrato, según avalada por el NEPR, constituye una delegación indebida de facultades legislativas, en violación directa al principio de separación de poderes consagrados en la Constitución de Puerto Rico y en la Constitucional.
“Nuestra Constitución, las leyes y la jurisprudencia interpretativa es clara: solo la Asamblea Legislativa puede otorgar exenciones sustantivas de responsabilidad civil por daños y perjuicios. Intentar hacerlo por vía contractual o reglamentaria no solo vulnera la Constitución, sino que despoja al ciudadano de su derecho a ser escuchado y resarcido por daños sufridos”, afirmó la secretaría de DACO.
Más de 1,800 casos documentados durante vistas públicas reflejan daños a enseres eléctricos y propiedades, posiblemente atribuibles a fallas operativas o actos negligentes de LUMA. Esta demanda no busca intervenir en la política energética ni en los procesos adjudicativos del NEPR, sino garantizar que los consumidores tengan una vía legítima para reclamar ante las ineficiencias del operador del sistema de transmisión y distribución eléctrica. Cabe señalar que la inmunidad otorgada a LUMA por la pasada administración no tiene precedente en otras jurisdicciones de los Estados Unidos.
Ninguna otra jurisdicción en territorio estadounidense otorga inmunidad general a compañías privadas de energía. Las empresas distribuidoras o contratistas de servicios públicos pueden ser demandadas por actos negligentes, incluyendo interrupciones del servicio que causen daños a personas o propiedad.