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GenEra, L3C reacciona a la desestimación de la demanda contra Genera PR

El fundador de la compañía GenEra, L3C, el ingeniero Saúl González Mendoza, se mostró frustrado y decepcionado ante la decisión del Tribunal de desestimar por completo el interdicto (“injunction”) tanto preliminar como permanente, contra el consorcio del mismo nombre Genera PR, por violación a su marca.

“Es decepcionante, frustrante, y además penoso que no se hagan valer las leyes de nuestro país cuando toca aplicarlas a empresas poderosas y grandes intereses”, indicó González Mendoza. “Es otro escollo que se suma a la larga lista de contratiempos que vivimos los pequeños y medianos empresarios puertorriqueños cuando tratamos de prosperar, de contribuir a la economía de nuestro país. Es enfurecedor”.

GenEra, L3C y su representación legal entienden que contaban con todas las bases y evidencias para, amparados en la Ley de Marcas, implementar un interdicto preliminar como medida para evitar daños irreparables por el uso de “Genera” por parte de Genera PR.

“Son cuatro los elementos necesarios para hacer valer el recurso del interdicto preliminar. Primero, que GenEra, L3C hizo uso del nombre primero y de manera ininterrumpida, desde el 2020, en comparación con enero de 2023 de la Parte Demandada. Esto lo aceptó el juez Cuevas en su determinación”, explicó González Mendoza.

Segundo, que el nombre “Genera” es uno sugestivo, y por lo tanto sujeto a apropiación. La resolución del juez Cuevas lo cataloga como un nombre descriptivo no sujeto a apropiación. “’Genera’ es un nombre claramente sugestivo, pues no describe ni directa ni literalmente los servicios que ofrece ninguna de las dos compañías. La palabra ‘Genera’ requiere algún acompañamiento, y no sugiere únicamente la generación de energía, sino que puede generarse tranquilidad, resiliencia, ahorros, equilibrio ambiental, autosuficiencia, o en el caso de la Parte Demandada, contaminación, caos, y dependencia de combustibles fósiles.”, explicó el ingeniero González. Añadió, además, “Tanto es así, que la propia Parte Demandada solicitó apropiación del nombre ‘Genera’ en el Registro de Marcas, cosa que no pudiera hacer de tratarse de un nombre descriptivo.”

Tercero, que el uso del nombre por ambas compañías crea la probabilidad de confusión en los consumidores. Esta confusión no se limita al producto principal de ambas empresas, sino a cualquier inferencia en cuanto a afiliación o endoso entre las partes. La jurisprudencia federal, que sienta las bases para la jurisprudencia en Puerto Rico en materia de marcas, ha sido enfática en cuanto al alcance y las variantes de confusión posibles, incluso si se tratara de empresas en distintas industrias. En este caso, ambas empresas están ligadas a la industria de la generación de energía. “Más allá de la probabilidad de confusión, presentamos múltiples ejemplos de que esa confusión ya ha ocurrido entre clientes y suplidores. La confusión en nuestro caso, más que probable, es un hecho evidente y recurrente”, recalcó el ingeniero.

Cuarto y último, que existe un daño y que el mismo es irreparable. GenEra, L3C presentó evidencia que sugiere un impacto negativo a su patrón de crecimiento desde el anuncio del consorcio Genera PR. “El impacto a corto, mediano y largo plazo es muy difícil de precisar pues GenEra, L3C no adviene en conocimiento de todas las veces que la confusión puede crearse en la mente del consumidor, ni puede razonablemente contar con los recursos para poder aclarar en cada una de esas instancias. La mera confusión es un daño irreparable en sí mismo. Para una empresa pequeña de capital local como GenEra, L3C, que precisamente se encuentra en el proceso de desarrollo y reconocimiento de su marca, el uso de su nombre por otra empresa que acapara los medios continuamente, y cuyo enfoque en cuanto a la producción centralizada de energía mediante combustibles fósiles y fuentes renovables es contraria a la generación distribuida que promueve GenEra, L3C, el mensaje sencillamente no llega igual ni con la misma claridad ni contundencia”, opinó el ingeniero.

“Es sumamente decepcionante, pero esta decisión acaba de validar que Genera PR y New Fortress tienen inmunidad para hacer lo que les dé la gana en Puerto Rico”, concluyó el ingeniero González en tono enérgico.

La compañía puertorriqueña, y su representación legal, evalúan los próximos pasos para revisar esta sentencia y proteger los derechos de Genera, L3C y la Ley de Marcas de Puerto Rico.

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