El gobernador de Puerto Rico, Pedro R. Pierluisi, informó hoy la presentación de tres medidas legislativas, dos de ellas enfocadas en enmendar estatutos vigentes, necesarios para la protección a víctimas de violencia de género. El primer ejecutivo también envió a la Asamblea Legislativa un proyecto para establecer mediante ley el aumento al salario de los jueces de la Rama Judicial.
Proyecto de Administración 104: Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica
La medida enmienda varios artículos de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, y la Ley 99-2009, según enmendada, conocida como Ley para Crear el Programa de Vigilancia, Protección y Prevención de Violencia Doméstica, para establecer que el tribunal no tendrá discreción para imponer el grillete electrónico en los casos relacionados con libertad bajo fianza (a la espera de juicio) en casos de maltrato, maltrato agravado, maltrato mediante restricción a la libertad y agresión sexual conyugal. Además, se recoge en este proyecto de ley la más reciente orden del Poder Judicial a los efectos de que las vistas en alzada- en casos de violencia doméstica – sean pautadas para una fecha que no excederá de tres días laborables y se establece la obligatoriedad para que el Programa de Servicio con Antelación al Juicio (PSAJ) establezca con claridad las zonas de exclusión en su informe, que son los lugares a los que no se puede acercar la persona a quien se le restringe su libertad de movimiento por encontrarse bajo supervisión electrónica.
Proyecto de Administración 105: Ley para la Integración Tecnológica entre el Poder Judicial y la Rama Ejecutiva para proteger a las víctimas de Violencia Doméstica en Puerto Rico
El propósito principal de la medida, que enmienda tres artículos de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, es que permite el diligenciamiento electrónico como método supletorio. El proyecto establece que una vez una de la parte peticionada ha sido notificada personalmente de que existe una orden de protección exparte en su contra y que hay un señalamiento de vista o de que ha sido presentada una petición en su contra y hay señalada una vista para atenderla, será prueba suficiente del diligenciamiento una certificación electrónica de la gestión realizada afirmada por un alguacil o agente del orden público. Asimismo, se admitirá la certificación electrónica de diligenciamiento como prueba acreditativa suficiente de que la notificación personal establecida en la Ley en contra de una parte peticionada fue debidamente diligenciada. Igualmente, ordena que una vez un juez determine extender una orden de protección, será suficiente la notificación por un alguacil o agente del orden público utilizando los medios electrónicos autorizados por virtud de Ley, eliminando así la obligación de llevar a cabo una notificación personal a la parte agresora.
Proyecto de Administración 106: Ajuste de Salarios de Jueces del Tribunal General de Justicia
Por otra parte, y en torno a la propuesta salarial de los jueces, se envió a la Asamblea Legislativa el proyecto de ley que busca enmendar el artículo 7.001 de la Ley 201-2003, según enmendada, conocida como la “Ley de la Judicatura de Puerto Rico de 2003”, para ajustar los salarios anuales de los jueces del Tribunal General de Justicia. Los incrementos propuestos reflejan la necesidad de mantener una compensación adecuada para los jueces, fortaleciendo así la independencia de la judicatura. Los salarios ajustados entrarían en vigor retroactivamente al 1 de julio de 2023 y están financiados por fondos asignados en la Resolución Conjunta 39-2023 del Presupuesto del Año Fiscal vigente 2023-2024.
En el caso de la jueza presidenta del Tribunal Supremo el salario propuesto será de $154,556, el de los jueces asociados del Tribunal Supremo será de $144,480 y el de los jueces del Tribunal de Apelaciones será de $130,579. Mientras, el salario de los jueces superiores del Tribunal de Primera Instancia será de $118,133 y el de los jueces municipales del Tribunal de Primera Instancia $91,974.
Este proyecto de ley del gobernador Pierluisi, está alineado con la más reciente jurisprudencia de la judicatura que reconoció que este aumento es necesario para mantener la independencia de criterio de la Rama Judicial del gobierno de Puerto Rico.