Teniendo muy presente la alarmante cantidad de casos de abandono de adultos
mayores en lugares de cuido, en todo Puerto Rico, la representante del Distrito 38 -Trujillo Alto,
Carolina y Canóvanas- y perteneciente al Partido Nuevo Progresista (PNP), Wanda del Valle
Correa, exige -sin titubeo alguno- a las agencias gubernamentales pertinentes a ser mucho más
combatidas y confrontativas a la hora de trabajar con este tipo de casos, “que le parten el
corazón a cualquiera”.
“Tristemente, y según reportan los medios de comunicación masivos, constantemente, este
tipo de situación parece no tener fin… Nosotros hemos tenido la oportunidad de visitar este
tipo de centro de cuidado para adultos mayores y las historias no han terminado aún”,
manifestó la autora de la Ley 47, aprobada en el año 2023.
No obstante, de acuerdo con del Valle Correa, la Ley 47, aprobada en el año 2023, cobija
“gigantescamente” a los adultos mayores.
“Amplia los derechos de los adultos mayores, ubicados en establecimientos residenciales que
operan en Puerto Rico, y añade responsabilidades, adicionales, a los familiares”, hizo
hincapié.
“Las estadísticas de abandono de adultos mayores son sumamente alarmantes…
Lamentablemente, en Puerto Rico, hay muchos adultos mayores viviendo solos o
abandonados, a la suerte, por los familiares”, puntualizó.
La legisladora del PNP subrayó que “la dignidad de nuestros adultos mayores es inviolable, por
lo que tienen todo el derecho del mundo a recibir un trato digno y respetuoso en todo
momento”.
“De acuerdo con la capacidad para la toma de decisiones de la persona adulta mayor, en
conjunto con los familiares, persona, tutor o representante legal, se le considerarán los
intereses en todo procedimiento de evaluación, selección y ubicación en este tipo de
establecimiento de cuido… La persona adulto mayor decidirá libremente, de manera que la
ubicación será voluntaria, siempre y cuando no medie una orden médica o legal que así lo
disponga o dada a circunstancias excepcionales o de emergencia para evitar el riesgo sobre la
seguridad y vida de ésta o hacia otros… Ante tal escenario, se trataría de una reclusión
involuntaria, en la cual se procederá de conformidad a los derechos consignados en esta ley,
entre otros, así como a los ya establecidos”, insistió quien, posteriormente, indicó en “que por
el hecho de que nuestros adultos mayores estén cuidado en un hogar de esta índole, no
exime a los familiares de atenderlos como Dios manda”.
“En la eventualidad de que la persona adulto mayor no esté en la capacidad mental, los
familiares, persona o tutor responsable legal recurrirán ante el Tribunal para solicitar una
orden para la ubicación involuntaria, en la cual se haga constar, claramente, la debida
justificación y evidencia médica para ello”, explicó quien reiteró que los centros de cuido
“tienen las herramientas necesarias para denunciar a los familiares que abandonen a los
adultos mayores”.