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El alcalde de Isabela, Ing. Miguel ‘Ricky’ Méndez Pérez, hizo pública hoy una carta dirigida al Presidente y Principal Oficial Ejecutivo de LUMA Energy, Juan Saca, con relación a la obligación del consorcio de emitir informes mensuales de la Contribución Especial en lugar de Impuestos (CELI), así como una solicitud de clarificación y corrección respecto a la facturación ilegal de alumbrado público y una supuesta deuda por consumo cubierto por la CELI.
“El Reglamento 8818 del Negociado de Energía de Puerto Rico, adoptado mediante Resolución de 27 de septiembre de 2016 como enmienda al anterior Reglamento 8653, establece en su Sección 2.05(B) una obligación clara, expresa y de orden público que recae directamente sobre la entidad encargada de la facturación y operación del sistema eléctrico (hoy LUMA Energy)z La entidad encargada de la facturación deberá informar mensualmente a cada municipio: a. la aportación disponible (tope máximo) en kWh; b. el balance restante tras el consumo mensual; c. el consumo del mismo mes del año anterior; y d. cualquier otra información requerida por este Reglamento o por el Negociado. A pesar de que esta disposición es de cumplimiento obligatorio y se mantuvo intacta tras la entrada en funciones de LUMA Energy en junio de 2021, el Municipio de Isabela nunca ha recibido dichos informes mensuales, ni consta que LUMA Energy los haya remitido por vía alguna o haya implementado mecanismo sustitutivo válido”, señaló el alcalde en la misiva.
El alcalde de Isabela expuso que dicha omisión continuada “constituye un incumplimiento sistemático de una norma reglamentaria de orden público, y priva al Municipio de la información indispensable para fiscalizar adecuadamente su consumo cubierto por la CELI y obstaculiza la transparencia en la administración de los recursos públicos. Adicionalmente, en el curso de una revisión interna de las facturas emitidas por LUMA Energy, se ha identificado una aparente irregularidad en el renglón correspondiente al alumbrado público, donde el Municipio de Isabela figura con una supuesta deuda acumulada superior a los ocho (8) millones de dólares”.
De conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 4 de 16 de febrero de 2016, conocida como la “Ley para la Revitalización de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico”, el consumo por concepto de alumbrado público fue excluido expresamente de la Contribución en Lugar de Impuestos (CELI). Dichos costos son recuperados por la entidad operadora del sistema eléctrico mediante la Cláusula de Subsidios SUBA-HH, facturada directamente a los abonados residenciales y comerciales, lo que impide cualquier cobro directo al Municipio y configuraría un doble cobro prohibido por ley si se intentara.
“Esta facturación aparente no solo carece de fundamento legal, sino que genera una situación de ilegalidad manifiesta al imputar al Municipio responsabilidades que la ley ha transferido explícitamente a otros mecanismos de recuperación. Asimismo, las facturas reflejan una supuesta deuda del Municipio por consumo de energía en instalaciones cobijadas por la CELI que, según los propios informes presentados por LUMA Energy al Negociado de Energía de Puerto Rico correspondientes a los años fiscales 2023, 2024 y 2025, se encuentra por debajo del tope máximo establecido por ley. Conforme a la normativa aplicable, el Municipio únicamente es responsable por el pago del consumo que exceda dicho tope máximo; al no haberse producido tal exceso, no existe base legal alguna para imputar deuda alguna por este concepto”, aseguró Méndez Pérez, cuya concentración de ingeniería es en el sector de los costos.
Reclamó que facturación de consumos cubiertos por la CELI como si fueran deuda exigible constituye una violación directa al Reglamento 8818 y genera una apariencia de deuda injustificada que, en el caso del Municipio de Isabela, supera los catorce (14) millones de dólares. “En consecuencia, y con el propósito de corregir de inmediato estas situaciones, requerimos formalmente:
1. Que, a partir de la recepción de la presente, LUMA Energy remita al Municipio de Isabela todos los informes mensuales pendientes desde junio de 2021 hasta noviembre de 2025, conforme lo exige expresamente la Sección 2.05(B) del Reglamento 8818.
2. Que, a partir del próximo ciclo de facturación, LUMA Energy implemente de manera permanente el envío mensual automático de dichos informes a la Oficina del Alcalde del Municipio Autónomo de Isabela.
3. Que LUMA Energy confirme por escrito las medidas adoptadas para garantizar el cumplimiento futuro y continuo de esta obligación reglamentaria.
4. Que LUMA Energy proporcione una clarificación detallada y documentada sobre la base legal y factual de la deuda imputada por alumbrado público superior a los ocho (8) millones de dólares, incluyendo: (i) el desglose por período y concepto; (ii) la conciliación con las disposiciones de la Ley Núm. 4 de 2016 y la Cláusula SUBA-HH; y (iii) la confirmación de que no se ha producido un cobro indebido. En caso de error, se requiere la corrección inmediata de los registros, el “waiver” total de dicha deuda y el reembolso de cualquier pago previo realizado por el Municipio.
5. Que LUMA Energy proporcione una explicación detallada y documentada sobre la imputación de deuda por consumo en instalaciones cobijadas por la CELI, acompañada de la conciliación entre los kWh facturados al Municipio y los kWh reportados por LUMA al Negociado de Energía para los años fiscales 2023, 2024 y 2025, así como la acreditación inmediata en cuenta de los kWh cubiertos por la CELI y la cancelación total de la supuesta deuda por este concepto, con la correspondiente corrección de los registros contables y facturación futura”, detalló el primer ejecutivo isabelino.
“El Municipio de Isabela se reserva expresamente el derecho de elevar estos incumplimientos al Negociado de Energía de Puerto Rico para las acciones correspondientes y, de ser necesario, iniciar las acciones legales pertinentes ante los tribunales de justicia, incluyendo la impugnación de cualquier cobro ilegal y la reclamación de daños y perjuicios. Quedamos a la espera de la respuesta de LUMA, inmediata y diligente, finalizó Méndez Pérez.














