Se mantiene firme en apoyar la generación energética en la isla
Power Expectations, LLC rechaza de manera categórica cualquier insinuación de fraude o tergiversación en el proceso de contratación del proyecto de 400 megavatios de generación temporera en la Central Aguirre. La compañía sostiene que su participación en este proceso ha sido, en todo momento, transparente, documentada y conducida a través de sus representantes legales y por los canales oficiales establecidos por la Oficina de Compras de Terceros (3PPO) y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).
“Nuestro esfuerzo y la inversión multimillonaria realizada por nuestra empresa hasta este momento ha tenido el propósito principal de apoyar a Puerto Rico en momentos de tanta necesidad de generación eléctrica. Hemos aceptado que el gobierno impusiera términos contractuales altamente riesgosos, y en ocasiones adversos a nuestra empresa, para adelantar una solución energética que impacte positivamente al país”, enfatizó el principal oficial ejecutivo de la empresa Eddie Echevarría. El ejecutivo aclaró que todos los que participaron en el proceso competitivo llevado a cabo por 3PPO fueron seleccionados, pero Power Expectations fue la única empresa que aceptó los términos que exigió la AEE, 3PPO y la Junta de Supervisión Fiscal.
Echevarría fue enérgico al responder a la información y opiniones públicas generadas por la publicación de un correo electrónico generado por la empresa Erock, Inc., que establece que no mantienen relaciones comerciales con Power Expectations. “La confusión creada por la empresa Erock, Inc., y las alegaciones de que Enchanted Rock no participó del proceso de competencia de energía temporera como parte del consorcio presentado, son total y absolutamente falsas, malintencionadas e ilegales”, enfatizó Echevarría.
Power Expectations nunca ha representado tener relaciones comerciales con Erock, Inc., que evidentemente “es una corporación totalmente distinta, y dirigida por personas con las que no hay relación”.
Participación de Enchanted Rock
“Los registros de nuestra empresa sobre esa relación comercial son extensos, abarcan aproximadamente quince meses, y han sido preservados y entregados a nuestros asesores legales. No litigaremos en la prensa, lo que deben evaluar en su momento los tribunales. Pero estas aclaraciones son oportunas para que no se propaguen más mentiras”, dijo Echevarría.
Power Expectations sometió junto a su propuesta de servicios, los documentos que acreditan la estrecha relación con Enchanted Rock, LLC. La íntima relación entre las empresas era una dual. En primer lugar, ambas eran parte de un consorcio para presentar la propuesta de energía temporera solicitada por la AEE, en segundo término, Power Expectations, LLC era el representante exclusivo de Enchanted Rock para el territorio de Puerto Rico y el Caribe.
Según se detalló, el principal oficial ejecutivo de Enchanted Rock, Tomas McAndrew, participó en múltiples reuniones con la preparación de la propuesta, y posteriormente con LUMA, GeneraPR y 3PPO en el proceso de presentación de documentos y credenciales sobre las capacidades del consorcio. Del mismo modo, “McAndrew firmó el acuerdo operacional del consorcio, proveyó sus garantías financieras, firmó los documentos relacionados con la fianza de licitación y participó de docenas de reuniones y conferencias sobre el proyecto de generación temporera”, detalló el empresario. En representación de Enchanted Rock, MacArthur colaboró cercanamente en el desarrollo de la propuesta sometida a la AEE y en la negociación de los términos del contrato.
Como parte de las responsabilidades contraídas por Power Expectations, como representante exclusivo de los productos de Enchanted Rock, la empresa designó un corredor de ventas con la capacidad de realizar presentaciones, autorizar órdenes de compra, firmar contratos de servicio y ventas, entre otros.
“Nuestra relación de negocios fue con Enchanted Rock, LLC y con quien al momento de firmar los acuerdos con Power Expectations era su único dueño, Thomas McAndrew. Es sorpresivo que no se haya validado con Thomas nuestra relación y se buscara una entidad como ERock, que nada tiene que ver con nosotros”, dijo Echevarría.
Echevarría aclaró también que a pesar de que eventualmente la empresa Enchanted Rock fue sustituida, al momento de la firma del contrato, el Acuerdo de Entendimiento Mutuo (por sus siglas en inglés MOU) y el Acuerdo Operaciones del consorcio se mantenía vigente. El MOU provee, por consentimiento solidario, la autoridad a Power Expectations de llevar a cabo todas las funciones inherentes a un representante autorizado y agente exclusivo de los productos de Enchanted Rock. Este acuerdo autorizaba a Power Expectations a realizar presentaciones, firmar órdenes de compra, establecer una fuerza de ventas, distribuir el equipo manufacturado por Enchanted Rock y firmar acuerdos relacionados a adquisición de servicios y equipos, entre otras funciones relacionadas.
Según explicó el empresario, el MOU está protegido por la Ley 75 del 24 de junio de 1964 conocida como “Ley de Contratos de Distribución/Comercialización”. Esta ley proporciona protección contra la terminación o negativa a renovar una relación de distribución sin causa justificada. Esta es la más fuerte en relación con nuestra situación particular. Del mismo modo, enfatizó que la Ley Núm. 21 del 5 de diciembre de 1990, conocida como la Ley de Representantes de Ventas provee protección a los representantes de ventas en Puerto Rico contra la “terminación arbitraria” después de que hayan desarrollado un mercado para el fabricante.
“Recibimos una carta de ERock, Inc. donde claramente intentaron interferir en la relación contractual entre Enchanted Rock, LLC y Power Expectations, LLC sin ser parte de esta. Esto claramente exige una revisión legal. Igualmente estamos estudiando si la intervención y posible interferencia del licenciado Javier Vázquez-Morales, quien se reunió en repetidas ocasiones con oficiales del gobierno para intentar afectar las relaciones contractuales de Power Expectations y la AEE, fueron acciones legales”, enfatizó Echevarría.
Enchanted Rock vs. Flotek
La empresa ERock que actualmente tiene como subsidiaria a Enchanted Rock ha establecido que no tiene intenciones de proveer servicios en la isla, principalmente por los riesgos que presenta contratar este tipo de servicios con una entidad como la AEE que se encuentra en quiebra.
Ante la intención expresada informalmente por Enchanted Rock de retirarse del proyecto en Puerto Rico, Power Expectations realizó un análisis de empresas similares que pudieran participar del consorcio.
Thomas McAndrew es el fundador de Enchanted Rock, se ha desempeñado en la empresa como principal oficial ejecutivo, asesor estratégico, miembro de la junta y originador de acuerdos de expansión.
“Luego de mucho análisis determinamos que la empresa con mayores capacidades para apoyar este proyecto es Flotek Energy”, dijo Echevarría.
Aunque ambas empresas tienen la capacidad de apoyar el Proyecto de energía temporera, Flotek, fundada en 1985, tiene una robusta experiencia de 40 años, cotiza en la bolsa y posee una capitalización de mercado cercana a los $947 millones de dólares. Su estabilidad financiera le permite invertir ampliamente en desarrollo tecnológico, investigación y sus operaciones internacionales. Enchanted Rock, LLC, aunque también sólida, es una empresa con menos experiencia y con financiamiento equivalente a una compañía en crecimiento.
“Sometimos a través de los canales indicados la petición para transferir los intereses correspondientes a FloTek Industries, sometimos la información que se nos solicitó y participamos de una presentación presencial, donde tanto Flotek como Power Expectations pudimos aclarar dudas y describir el progreso del proyecto”, detalló Echevarría. El contrato aprobado por la Junta de Supervisión Fiscal permite este tipo de transferencia sin el requerimiento de aprobaciones adicionales a la de la AEE.
Aclaración sobre el Contrato de Generación
“Estamos sorprendidos de la cantidad de falsedades que se han dicho relacionados con el contrato, lo más sorprendente es que algunas personas se refieren al acuerdo y parece que nunca lo han leído”, enfatizó Echevarría. El contrato suscrito establece que Power Expectations debe realizar una inversión estimada de $1,000 millones, mientras que la AEE no invierte cantidad alguna en el desarrollo de la planta generatriz de 400 megavatios en Aguirre. Por otro lado, la AEE no se compromete a comprar la energía que produzca la planta a la vez que prohíbe contractualmente que Power Expectations venda la energía que AEE no utiliza a otras entidades.
“AEE no invierte en el desarrollo de la planta ni un solo centavo, no paga por combustible, no paga por la energía que no compre, fijó un precio en descuento por 10 años y puede cambiar de gas natural a diésel para la generación si así lo deseara”, detalló Echevarría al reaccionar sobre comentarios que apuntan haber logrado un contrato de $5,000 millones.
Actualmente Power Expectations espera por el lenguaje para la fianza de cumplimiento de la fase de construcción bajo evaluación por la AEE. “Aun cuando la AEE no ha realizado inversión alguna, someteremos una fianza de cumplimiento [Performance Bond] que compensaría a AEE si no cumpliéramos. La AEE ha tomado todas las provisiones para que el proyecto sea exitoso para el Pueblo de Puerto Rico”, dijo el empresario.
Expresiones Futuras
La representación legal de Power Expectations ha recomendado limitar las expresiones públicas sobre su relación con Enchanted Rock, LLC y futuras acciones legales contra terceros que han intentado interferir en las relaciones contractuales de esta empresa.
“Entendemos la urgencia energética del país y la responsabilidad que conlleva este proyecto. Agradecemos el interés de los medios, aunque nuestra carta de presentación va a ser producir 400 megavatios de energía para apoyar la estabilidad del sistema. Por eso invitamos a que se examine todo el expediente: cada documento, cada firma y cada comunicación. Los hechos hablan por sí solos”, finalizó diciendo Echevarría.














