El gobernador de Puerto Rico, Pedro R. Pierluisi, firmó hoy el primer Plan de Ordenación Territorial (POT) del municipio de Florida y que fue adoptado por la Junta de Planificación (JP), por lo que el municipio contará finalmente con este importante documento de planificación de su territorio y de los usos de su terreno.
“Los planes territoriales son un instrumento importante de planificación de los municipios, ya que sientan las bases y las guías no solo para el uso balanceado del terreno, sino para que haya un desarrollo responsable del mismo. Con este instrumento de planificación, el municipio podrá viabilizar proyectos medulares y estratégicos como son la revitalización de la plaza pública, el desarrollo de un corredor comercial, un sistema de transporte colectivo y la creación de una ruta escénica, entre otros”, explicó el gobernador.
Por su parte, el presidente de la JP, Julio Lassús Ruiz, indicó que los planes de ordenación territorial son la principal herramienta de planificación con la que cuentan los municipios. “La planificación de un territorio es un asunto amplio y abarcador. Esta herramienta no solo se limita a aspectos territoriales, sino que sienta las bases de asuntos medulares para el desarrollo económico de una comunidad en armonía con su entorno”, dijo.
Este primer POT crea las condiciones para que el municipio de Florida pueda tener en un futuro su oficina de planificación ordenación territorial y oficina de permisos, contemplada para realizarse bajo consorcio con otros municipios colindantes.
El alcalde de Florida José Gerena Polanco expresó que “damos comienzo a una nueva era en nuestro pueblo con la firma del primer POT en nuestro municipio y abrimos paso al desarrollo comercial y turístico, de una manera responsable y sobre todo consciente con nuestro entorno, nuestra tierras y los recursos naturales de la Tierra del Río Encantado”.
“Cabe señalar que Florida se encontraba entre los quince municipios que no contaban con dicho plan. Por lo cual, desde enero de 2022, nos dimos a la tarea de trabajar arduamente y hoy podemos decir que nuestro municipio de Florida ha sido uno de los primeros en presentar el mismo para la firma del gobernador. Trabajamos con toda la clasificación de nuestro pueblo, actualizado así los mapas de calificación los cuales datan del 1997. Ahora contamos con los mapas de zonificación, calificación y clasificación actualizados. Agradezco a nuestra Junta de Comunidad y Janice Colón Febles, directora del CRIM, quienes trabajaron en equipo con la Junta de Planificación para lograr que nuestro POT fuera aprobado”, sostuvo Gerena Polanco.
Lassus Ruiz explicó que los planes territoriales tienen como fin generar políticas públicas y reglas que permitan el uso y ocupación ordenada del suelo. Este instrumento de planificación se diseña tomando en consideración las características geográficas, sociales y físicas del municipio. Los POT permiten mitigar los crecimientos expansivos y plantean los usos óptimos para el suelo. “Con los POT se busca la integración de los distintos sectores del municipio, con el fin de delinear políticas de desarrollo integral en educación, salud e infraestructura, todos elementos clave en la calidad de vida de los habitantes del municipio”, amplió.
El gobernador Pierluisi comentó que al contar con un POT el municipio de Florida puede promover un desarrollo inteligente, que reduce costos al tiempo que facilita el acceso a fondos federales.
El POT representa la hoja de ruta del municipio por los próximos 8 años y en el documento está contenido la visión, misión, objetivos y metas que guiarán las políticas públicas para desarrollo socioeconómico. Además, estos instrumentos también contemplan aspectos como la rehabilitación de los centros urbanos tradicionales y contribuyen a delinear políticas públicas para atender el cambio demográfico y la pérdida de población, entre otros retos que pueden enfrentar los municipios.
Florida ha logrado este hito luego de que el gobierno municipal promoviera la participación ciudadana mediante la creación de una Junta de Comunidad que estuvo compuesta por siete miembros que colaboraron en la elaboración del Plan. Las reuniones comunitarias fueron una aportación esencial en el análisis territorial de usos que no estaban acorde con la actividad o no estaban calificados.
Los planes de ordenación son elaborados, adoptados y revisados de conformidad a los dispuesto en el Artículo 6.011 del código Municipal “Ley Núm. 107 de 14 de agosto de 2020, antes Ley Núm. 81 de 1991, Ley de Municipios Autónomos” y estos deben ser compatibles con las leyes, políticas públicas y reglamentos del gobierno estatal, según dispuesto en el Artículo 6.014 del código Municipal.