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Inicia en la Cámara la evaluación del Código Municipal sobre salarios de alcaldes

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La Federación de Alcaldes aseguró ante la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes que no existen conflictos de intereses en las propuestas contenidas en el Proyecto del Senado 777 que, entre otras cosas, permitirán a los ejecutivos municipales recibir aumentos salariales por autorización de sus respectivas legislaturas locales.

“El cuerpo legislativo es una rama de gobierno separada del municipio. No veo cómo el alcalde va a ejercer control político para influir en eso”, indicó el licenciado Hans Mercado, asesor legal de la Federación. “Tienen que votar por mayoría absoluta para consideración de un aumento”.

Esta organización opinó este martes en una vista pública presidida por el representante Luis “Junior” Pérez Ortiz que la legislación –radicada por petición de la propia Federación– resultará en ingresos adicionales y una mayor autonomía para los 78 municipios.

Mercado aseveró, además, que los ayuntamientos tienen la capacidad administrativa para implementar la veintena de cambios que la medida introduce al Código Municipal (Ley 107-2020), que también abarcan la agilización de las expropiaciones de estorbos públicos y modificaciones al esquema de patentes.

Específicamente, la medida reduce de tres a dos años el término de prescripción para reclamar cuantía depositada bajo cualquier acción de expropiación y autorizar a los municipios a adquirir bienes inmuebles mediante expropiación forzosa sin el requisito previo de consulta de transacción cuando la adquisición sea parte de un proyecto designado como crítico.

Sin embargo, el tema del aumento salarial al cargo de alcalde ocupó gran parte de la discusión tras diversos legisladores señalar la percepción pública negativa sobre esta enmienda y cuestionar las maneras en que se supervisará la adjudicación de este incremento.

“Yo reconozco lo que es la importancia del cargo de alcalde y la complejidad de dirigir un municipio. Sin embargo, reconocemos que el cargo no puede traducirse a un esquema que permita esos aumentos con alto nivel de discreción política y baja fiscalización”, expresó el representante Domingo Torres García.

Por su parte, la Federación recomendó determinar, como normas de fiscalización, que el ajuste salarial no podrá exceder del 25 % del sueldo que ya ostenta el mandatario municipal al momento de reclamarlo. A su vez, se exceptúa a los alcaldes cuyos municipios administran un presupuesto general de $95 millones o más durante el año fiscal previo a la solicitud del aumento.

El director ejecutivo de esta organización, Ángel Morales, añadió que el proyecto de ley dispone la prohibición de aprobar una revisión de sueldo dos meses antes y dos meses después a la celebración de las elecciones generales en la Isla.

Para Morales, la fijación de sueldo basado en el criterio de población, como establece el Código Municipal actualmente, sugiere que un alcalde de un municipio con menos residentes trabaja menos que otro mandatario de un pueblo más habitado.

“Además de ser poco razonable, dicho método no considera que en un municipio con menos población los recursos son menores y esto hace que sus alcaldes tengan que realizar tareas o funciones adicionales, lo que imparte una carga de trabajo y responsabilidad mayor”, defendió el deponente.

Otra de las propuestas que levantó preocupaciones en los representantes fue la enmienda que pretende “aclarar” que la elección de los legisladores municipales será por el voto directo con el fin de eliminar la intervención de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) en la declaración de candidatos electos.

Según la Federación, esta modificación procura que “no se menoscabe” la mayoría obtenida por un partido político mediante el voto directo de los electores en la Legislatura Municipal.

“El concepto y el propósito de las enmiendas incorporadas a la Ley 107 son favorables para los 78 municipios de la isla y para los ciudadanos, ya que los municipios se encuentran en un proceso de desarrollo y crecimiento continuo que exige satisfacer las necesidades que reclaman los residentes”, dijo Morales.

Durante la audiencia, el Departamento de Justicia presentó un memorial explicativo firmado por la subsecretaria Annette Esteves, quien describió la medida senatorial como un esfuerzo legislativo dirigido a atemperar y fortalecer el marco normativo del Código Municipal.

La agencia afirmó que las enmiendas dotarán a los gobiernos municipales de herramientas más eficaces para el ejercicio de sus funciones, la atención de propiedades en desuso y la promoción del desarrollo de sus comunidades. El licenciado Gerardo Rodríguez, abogado de Justicia, puntualizó que el proyecto no tiene conflicto con leyes existentes.

El Proyecto del Senado 777, descargado y aprobado en el cuerpo de origen el pasado 10 de noviembre, recoge la intención legislativa del Proyecto del Senado 615, que fue objeto de un veto de bolsillo por parte del Ejecutivo en agosto de 2025.

“Esta vista nos permite evaluar si los cambios incorporados en esta nueva versión atienden adecuadamente las preocupaciones previamente levantadas y si la medida, según redactada, logra un balance adecuado”, comunicó el legislador Pérez Ortiz.

Es meritorio destacar que el presidente de la Comisión de Asuntos Municipales también informó que citará a una próxima vista pública a la Asociación de Alcaldes, la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, quienes solicitaron ser excusados.

Las representantes Lisie Burgos Muñiz, Nelie Lebrón Robles y el representante Pedro “Pellé” Santiago Guzmán también participaron de esta audiencia.

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